Incapacidad médica temporal

Se concede únicamente al asociado por una incapacidad igual o superior a 8 días (08) días continuos. No aplican las licencias de maternidad y procedimientos quirúrgicos estéticos.

Cuantía:

Máximo del 15% de 1 S.M.M.L.V., otorgado por única vez al año, de la siguiente manera:
Incapacidad entre 9 y 15 días, el 7% de 1 S.M.M.L.V.
Incapacidad entre 16 y 29 días, el 10% de 1 S.M.M.L.V.
Incapacidad igual o superior a 30 días, el 15% de 1 S.M.M.L.V.

Requisitos:

Incapacidad médica de la eps y/o soat.

Plazo:

30 días calendario, posteriores a la incapacidad.

 

Calamidad doméstica y/o emergencia social

Por pérdidas inesperadas que lleven a situaciones apremiantes de índole familiar, asonada, terremoto, explosión, incendio, inundación o destrucción violenta ocurrida a la vivienda propiedad del asociado, debidamente comprobadas.

Cuantía:

El 15% de 1 S.M.M.L.V., por única vez al año.

Requisitos: 

Certificado de la oficina de prevención de desastres, bomberos y/o entidad competente.
Certificado de libertad y tradición del inmueble.
Contrato de arrendamiento.

Plazo

30 días calendario, posteriores al siniestro.

Auxilio funerario

Se otorga al asociado por fallecimiento de un integrante de su grupo familiar en primer grado de consanguinidad, cónyuge o compañera(o) permanente e hijos adoptivos en estos últimos casos deberán acreditar tal relación en la forma prevista en la ley

Cuantía:

El 20% de 1 S.M.M.L.V.

Requisitos: 

Certificado de defunción.
Documento que acredite parentesco con el asociado.
Copia de documento de identidad.

Plazo:

60 días calendario, posteriores al fallecimiento.

 

 

Fallecimiento del asociado

Se otorga al (a los) beneficiario(s) relacionados en la hoja de vida del asociado, o en su efecto a los que tengan derecho a reclamar según lo estipulado por la ley.

Cuantía:

El 20% de 1 S.M.M.L.V.

Requisitos

Certificado de defunción.
Documento de identidad que acredite ser beneficiario del asociado fallecido.
Copia de documento de identidad del beneficiario.

Plazo:

60 días calendario, posteriores al fallecimiento.

 

Óptica

Se otorga al asociado por la compra de lentes o gafas.

Cuantía:

El 6% de 1 S.M.M.L.V. por única vez al año. 

Requisitos:

Factura electrónica vigente.

Plazo:

30 días calendario, posteriores a la compra.

 

Nacimiento

Se otorga al asociado por el nacimiento de un hijo.

Cuantía:

El 20% de 1 S.M.M.L.V. por única vez al año. Se entregará un auxilio por núcleo familiar.

Requisitos:

Registro civil de nacimiento.

Plazo:

30 días calendario, posteriores al nacimiento.

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Auxilios

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